Estudio INA 1 . 2 . . observaciones 1 . 2 . 3 . . planicie . . ley de humedales . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . . Salida Luján 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . Parque Industrial 1 . 2 . 3 . . Larena . . Aliviador . . Vinculación . 1 . 2 . . Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . . causa Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . . planEscobar 1 . 2 . 3 . 4 . . Ord 727 1 . 2 . 3 . . Consultatio 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . . altimetrias . . San Sebastián 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . 28 . 29 . 30 . . embalses . . EIDICO . 1 . 2 . . mentiras . . quantum . . El cazal EIRSA 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . La Cañada 1 . 2 . . humedal Escobar 1 . 2 . 3 . . Cartas Doc a Scioli . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . miserias . . cartas doc al OPDS 1 . 2 . 3 . a la AdA . . al JuzgFed Nº1 SI . 1 . 2 . . al Fiscal Federal . a Sergio Massa 1 . 2 . . a Zúccaro 1 . 2 . 3 . . a Arlía . . a Alvarez Rodríguez 1 . 2 . 3 . . a Ma Eug. Vidal . . a otros . . atropellos 1 . 2 . 3 . 4 . . playboy . 1 . 2 . . puertoescobar 1 . 2 . 3 . 4 . . areco . . cloaca 1 . 2 . 3 . . causa 2843 JF1SI 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . Colony Park 1 . 2 . . preguntas 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . respuestas . . remediacion . . recusacion . . amicus . . propuesta 1 . 2 . . terraplen . . jurisprud . . archivolegislativos . . hidrolinea 1 . 2 . 3 . 4 . . . art 59 . . Res.29/09 . . eiaydia 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . Valls . . parentescos . . contralor . . salvedades . . IAB . . flujo termodinámico 1 . 2 . 3 . convenglish . . plataforma 1 . 2 . . termodinamica 1 . 2 . 3 . . riovivo . . riomuerto . . mantos . . sedimentología . . acuíferos . . puelches 1 . 2 . . albanueva . . sustentable. 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . . agua 1 . 2 . 3 . . pendientes 1 . 2 . . Luján . 1 . 2 . 3 . maná del cielo 1 . 2 . 3 . . ensanche . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . . Zanjón Villanueva . 1 . 2 . 3 . . garin . . cantón . . las tunas . . ley particular . . emergencias . 1 . 2 . inundate . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . colinacarmel . . carmel . . Comilú . 1 . 2 . 3 . . comireclu . . otamendi . . Verazul . 1 . 2 . 3 . . Anibal . . jubileo . . cauce robado . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . hidrometrias . . invitacion . . linea de ribera . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . cartadocdevido . . compuertas . . serman . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . audienciaremeros . . Silvosa . . venice . . canalsantamaria . . martindelaisla . . edafologias . . index

Carta Doc Nº 111104450

Del Viso, 28/12/2020. Sra Juez del Juzgado Federal Nº1 de San Isidro, a cargo de las causas Nº 65812/14, FSM 49857/16, FSM 54294/16, FSM 56398/16. Han pasado 10 años de aquel 14/11/2010 en que Ferreccio copiara mis dichos en La Nación del 8/11/10 referidos a Sergio Massa y sus complacencias criminales, se las acercara y Ud en 2 semanas dispusiera lo que en dos años ni Sebastián Basso, ni Rita Molina habían llegado a contemplar

El 9/12/2020, el joven Guido Orlando desaparece bajo las aguas de una de las cavas de Puertos del Lago a la vista de testigos muy cercanos (30 m) y los buzos tardan 8 días en encontrar su cuerpo. Al día siguiente ya los diarios daban noticia de que no habían intervenido terceros en este ahogamiento, por lo que decidí presentar denuncia por mesagrales.zv@mpba.gov.ara la instructora Carla Gruneira de la causa IPP 10724-20 en la Fiscalía 5 de Escobar, expresando los motivos por los que,a pesar de los manotazos desesperados, Guido se iba alejando cada vez más del kayak volcado.

Ese motivo era el sistema convectivo en ese momento operativo en la cava de Puertos del Lago, del que nunca nadie dio noticia, a excepción de este actor que lo viene señalando desde hace 15 años.

Pero más allá de esta muerte, está el más acá de los crímenes hidrogeológicos destrozando acuíferos de agua dulce millonarios en años, de los que di cuenta en no menos de 1.000 oportunidades en los más de 58 millones de caracteres subidos a la wb y no menos de 30 millones subidos a 80 causas de hidrología e hidrogeología en Justicia. 47 en SCJPBA y 17 en CSJN.

Causas específicas en justicia y videos de estos crímenes hidrogeológicos son visibles al público por los sitios http://www.hidroensc.com.ar y http://www.delriolujan.com.ar y por “youtube, amorrortu”. No menos de 1800 hipertextos se suman en otras dos páginas web: alestuariodelplata.com.ar y paisajeprotegido.com.ar Estos crímenes tipificados por art 200 del CPN no tienen restricciones de comunicación pública.

Para tener una idea resumida de estas denuncias y las reiteradas denegaciones de justicia, entre las cuales incluyo las de las causas citadas al principio, cabe este http://www.hidroensc.com.ar/csj1532hechonuevo2.pdf  2º Hecho Nuevo causa CSJ1532/2020.

Las tierras de Puertos del Lago fueron compradas a US$ 0,28 centavos el m2 y hoy alcanzan a venderse a US$ 1.500 el m2. Con estos lucros, hasta el negocio de las drogas queda empequeñecido.

Los crímenes señalados por el contrario conllevan remediaciones de 800 a 5.000 años. No es la urgencia, ni la cruz de 30 millones de clavos martillados a estas causas durante 15 años lo que apura esta carta doc, sino la falta completa de investigación de lo denunciado, que el propio juez provincial al cual fueron derivadas estas causas señala.

Que sea un juez el que lo señala y que hayan pasado 3 años y sigan sin considerar estas denuncias por haber sido englobadas a una causa que jamás denunció crímen hidrogeológico e hidrológico alguno, da lugar a reiterar esta denuncia de denegación de justicia, que a Ud señala en varias oportunidades en el 2º hecho nuevo causa CSJ 1532/2020.

No es necesario listar las leyes violadas y las tipificaciones penales que caben a estas faltas, pues ya lo hube expresado en las 2 cartas doc enviadas a Ud el 11/2/2011 y publicadas junto a las de Scioli, Massa, Solá, Vidal, Macri, Conte Grand, Soria, de Lázzari, intendentes, ministros y secretarios involucrados.

Multiplicados enlaces le permitirán a V.S recorrer todos los lugares donde, amén de torpezas y atropellos hidrológicos urbanos técnicos, legales y administrativos, se han obrado crímenes hidrogeológicos de magnitud extraordinaria denunciados con extrema brevedad en esta nota. Su coherencia expresiva en televisión amerita que estas denegaciones de justicia señaladas, sean recordadas hoy y siempre. Por ello, apareciendo consignadas en esta causa CSJ 1532 tendrán oportunidad de ser bien recordadas.

Los descalabros ecológicos, hidrológicos e hidrogeológicos en ambas cuencas de los ríos Luján y Reconquista superan lo que ningún adjetivo alcanzaría a expresar. Tomar conciencia de esto es más sencillo que descifrar un karma o un virus. Ver http://www.delriolujan.com.ar/karmabajosalnorte.html http://www.delriolujan.com.ar/sincerar4.html/sincerar2.html

Hoy reconozco dos lugares donde se están obrando estos crímenes. El 1º de ellos aparece denunciado en la causa CSJ 2605/2019 visible por http://www.hidroensc.com.ar/CSJ26052019.pdf y http://www.hidroensc.com.ar/csj2605hagosaberyhechonuevo.pdf

El 2º se está obrando al final del mismo camino de ingreso a Puertos del Lago, al lado del río Luján. No solo no ha transitado proceso ambiental alguno y de ésto Sujarchuk no puede alegar estar desenterado, pues vive a pocos metros; sino que la propia escritura de esas tierras sospecho merecería ser analizada. Ver estas obranzas a pág 105 de la causa mencionada en primer término.

En ambos casos. la ley 25688 sobre régimen ambiental de aguas le acerca arbitrios para intervenir en estas áreas, que por tendencia piezométrica afectan todo lo que sigue aguas abajo. Francisco Javier de Amorrortu .

 

Cartas Doc 81266382 5 y 81257872 5

Del Viso, 5 de Septiembre del 2017. Muy Estimada Jueza, su sentencia del 31 de Agosto del 2017 es una prueba evidente de que está al límite de sus fuerzas y también sus colaboradores, que a pesar de más jóvenes, están en las mismas condiciones. Es que luchar contra el universo de la ignorancia, la ficción, la comodidad y el silencio con que actúa la propia ciencia y sus instituciones más acreditadas, ponen a cualquiera en condición de extenuamiento.

El tener que tratar cuestiones de las más diversas especies ajenaría por completo a un ejército de espíritus que quisieran colaborar en sus tareas.

Por ese motivo, a la respuesta del Fiscal Domínguez que pedía fueran por todo, sugerí fueran paso a paso. En Uds mismos, la necesidad de incorporar conocimiento y amasar criterio es todavía tarea muy deficitaria, a pesar de los años que llevan con ella.

Mi participación involuntaria en la causa Colony Park de Ferreccio comenzó un 14 de Nov del 2010, cuando escribo un comentario a la nota del diario La Nación sobre una visita realizada por Massa con 40 inspectores a Isla de Este de Hugo Schwartz. Esa misma noche subí un /cloaca.html a la página delriolujan.com.ar. Sin conocernos, Ferreccio se entera de esa nota el día 20/11 y el 24/11 presenta ese texto en Vuestro Juzgado. El día 30/11 V.S. declara la clausura del Colony Park.

Sirva esta pequeña introducción recordatoria para visualizar otro escenario que es probable les acerque aliento para seguir luchando.

En cuestión de horas la ministro Patricia Bullrich será interpelada en la comisión bicameral de Fiscalización de órganos y actividades de seguridad interior presidida por Sergio Massa sobre sus responsabilidades en el caso Maldonado.

Quiero aclarar que Patricia es para este que suscribe, su segunda Hija y aunque jamás me lo haya solicitado no la dejaré sola para que sea carne de políticos hambrientos a los que ya tengo involucrados en un par de demandas en SCJPBA entre las 65 de hidrología e hidrogeología urbanas que con 18 millones de caracteres tengo presentadas en SCJPBA, CSJN, JCF y CAF, sin contar las ordinarias provinciales que dieran comienzo un 3/2/00 en la UFI9 de SI.

Tengo 75 años; y si Uds están cansados bien les cabe imaginar lo que me sucede. Sin embargo, no bajo los brazos y los 7 días de la semana estoy hasta la medianoche puesto al trabajo. No cobro salario, ni subsidios, ni jubilación (a pesar de tener 33 años de aportes sin una sola falta). No quiero alardear de mi austeridad porque sería menospreciar los ánimos que a diario me lleven para compensar estos esfuerzos.

Pero es necesario que les exprese mi convicción de que estas laxitudes, que reitero están ancladas en la propia ciencia y por ello todo lo que pide Ferreccio es en vano, pues nadie está en condiciones de saber cuándo despertarán estas instituciones de sus cómodos aposentos en catecismos centenarios, para colaborar con su país con otro nivel de aplicación crítica, desinterés, seriedad y solidaridad.

Para verificar los crímenes hidrogeológicos no se necesita de ninguno de los expertos que solicita Ferreccio. Basta que vayan con un bote, una piedra y una soguita. O que miren las fotos y en especial, la respuesta regalada a Eduardo Costantini el mismo día que él me envía un mail a las 4,20 am para ofrecerme un profesional que hiciera estos controles. Ese mismo día le contesté con afecto y le mostré las fotografías que había capturado en mis vuelos haciendo innecesaria la piedra y la soguita. Ver http://www.delriolujaan.com.ar/consultatio12.html

Esos crímenes están tipificados por art 200 del CP. La remediación de esos estragos lleva de 800 a 5000 años. No hay forma de ignorarlos y por ello decir que no resulta útil, ni pertinente mirar estos temas, enfocarlos y acreditarlos más allá de lo que digan informes previos, es cuestión de elemental honestidad, ya no intelectual, sino espiritual.

La materia intelectual está tan viciada de comodidades, que el recurso de la piedra y la piolita sobra para acabar con ellas. A qué hablar de las imágenes.

Solo cabe comprender Vuestro extenuamiento tras el fallo de Cámara del Dr Rudi. En la causa FSM 56398/2016 advierto que a fs 14 de vuestra resolución condenatoria anterior recojo las declaraciones de Hugo Schwartz señalando que: todas las dragas que contrató Colony no dragan más de 8 metros de profundidad desde el nivel del agua y el agua tiene una altura promedio de entre 1.5 y 2 metros, por lo que en el mejor de los caso y tomando la marea más baja de las habituales, jamás podría haber dragado más de 6.5 metros.

Señalando, que por ocultar los crímenes hidrogeológicos también cometidos por esta Familia vengo a confirmar la soberana mentira de este emprendedor, pues la draga Goizeko de Arturo Arrebillaga draga a más de 20 m de profundidad y fue una de las que más trabajó en esas burradas que hoy permitirían atracar allí al acorazado Missouri.

En adición, Hugo Schwartz se ahorra de señalar que en su emprendimiento Isla del Este superaron con creces la tapa de los sesos del Puelches. Y que ese emprendimiento no contó con proceso ambiental, ni administrativo, ni certificados que le absuelvan de estos crímenes hidrogeológicos. Expresiones puntuales y oportunas nunca faltaron.

Los crímenes hidrológicos (art 420 bis del CPFM) son tan solo un poquitito más complejos y al igual que los anteriores cuentan con bancos de imágenes superlativos para quedarse alelado sin levantarse de la silla.

La función irremplazable que reconocen los humedales (esteros y bañados) para dinamizar las aguas someras y no tan someras en planicies extremas ya ha sido bien expresada en el informe de 40 carillas acercado al Dr Emilio Monzó para asistir sus criterios en oportunidad de ser tratado el proyecto de ley de Humedales. Ver por http://www.humedal.com.ar/humedal31.html

Con estos recursos estimo estar en condiciones de llenar la conciencia de Sergio Massa para que advierta los límites que también tiene su alma.

Si un desaparecido merece los aprecios que hoy movilizan a medio país y 30.000 desaparecidos merecieron una CONADEP, ¡qué no deberían merecer los más de 300.000 certificados de defunción de las víctimas que en estos 241 años se ha cobrado en muertes silenciosas el Riachuelo! Más que las tributadas en las guerras de la independencia.

Hacer memoria y reclamo de la desaparición de Maldonado hace lugar a recordar a estos 300.000 y más víctimas de la despiadada liquidación de las dinámicas de nuestros cursos de agua y de nuestros santuarios hidrogeológicos, todos por completo liquidados.

¿A qué señalar que ya los informes dispuestos en la causa son sobrados, si aún no han empezado a tomar conciencia de la dimensión criminal que ya aparecían expresados en mis aportes a la causa 9066 de Ferreccio, que luego fueron bien especificados en la causa FSM 56398?

La gravedad de estos entuertos no es para eludir con recursos procesales que solo extienden la red de laxitudes que alimenta nuestra cultura desde hace un siglo.

El propio Ferreccio, por su propia ignorancia jamás hizo mención puntual a estos crímenes que fueran comenzados en los bajos de Mildberg por DyOPSA hace más de 40 años y luego multiplicados en ese mismo lugar con la mayor inconciencia por CONSULTATIO desde 1990 en Nordelta con aprobación de la propia legislatura provincial.

Hoy los mismos corresponsables de esos crímenes son los que van a poner en juicio la honestidad y el valor servicial de Patricia Bullrich.

Queden reflejados estos testimonios en esta causa y bien referidos a esta sentencia de V.S., que lejos de reflejar la verdad, refleja su comprensible extenuamiento personal con todo lo que viene cargando y sufriendo.

Siento el mayor respeto y aprecio por V.S. y en este marco ruego comprenda mi oposición a acompañar su sentencia para hacer trascender de ella todo lo que mueva a reflexión y sinceramientos judiciales, legislativos, ejecutivos, sociales y políticos.

Si de la desaparición de un Hombre trascendieran advertencias de las consecuencias de la desaparición de las dinámicas de nuestros cursos de agua con compromisos urbanos y de la completa ruina de nuestros santuarios de agua dulce, no me tomaría este trabajo de recordar las centenares de miles de Vidas que se cobraron las dinámicas muertas del Matanzas en un cuarto de milenio y las decenas de miles que se cobró el Reconquista en muertes silenciosas que nunca fueran registradas en certificado de defunción alguno.

Ya es hora que se miren estas desapariciones de criterio alertando a la ciencia en primer lugar por su vergonzoso silencio, que da lugar a todos los que siguieron, incluidos los de esta sentencia.

De los temas de la dominialidad apuntados por Ferreccio sugiero ver la demanda I 71521 en SCJPBA sobre estos temas puntuales, visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte28.html y los 10 html que siguieron a este http://www.hidroensc.com.ar/dominio.html

Recuerdo la puntual especificidad de la oralidad actuada frente a Pablo Fonzo el 15/3/2011 para la causa 2843/07 que en esta sentencia aparece por completo ignorada.

Ver esas declaraciones por http://www.delriolujan.com.ar/colony.html y http://www.delriolujan.com.ar/colony2.html

Le saluda con el mayor aprecio, Francisco Javier de Amorrortu

 

Para verificar si hay exageraciones aquí acerco las opiniones del Dr Marcus Sommer y el Ing Mateo Sommer, de la Ökoteccum de Kiel, Alemania en un texto del 2004 titulado "Ciegos, sordos e inconmovibles"

e-mail: okoteccum@aol.com

 

A la respuesta de la Jueza que no se hizo esperar sobrevino la de Ferreccio a la cual hube de responder en estos términos.

Enrique, la jueza hizo a esta altura del partido lo que este burro también hubiera hecho; y eso lo dejé expresado en la carta doc. Si la lees por http://www.delriolujan.com.ar/cartadocjuzgfed2.html verás que allí señalo la inutilidad de pedir informes a los necios, a los callados, a los irresponsables "científicos" que nunca en los 27 años de Nordelta hablaron de crimen hidrogeológico alguno; ni de crimen hidrológico alguno, a pesar de que hace 120 años se vienen comiendo crudo el ancho del río Luján.

Vos tenés razón en la cuestión dominial, pero fijate que mi demanda en la SCJPBA la 71521 es bien anterior a Tus reclamos en este sentido y fijate en la CSJ98/2016 por http://www.hidroensc.com.ar/csj982016.html cómo hago el reclamo por la impracticabilidad del art 235 inc C, y del antiguo 2340, par 4º reformado por Borda.

Es mucho más fácil entender esa impracticabilidad antes que apoyar toda la demanda en este tema.

Asi también entender la practicabilidad de ir en un bote al Vinculación con un par de testigos y tirar una piedra atada a una soguita para verificar que las profundidades medias históricas de estos cursos de agua nunca en los últimos 60 años superaron los 2 m y ahora hay lugares que superan los 20. El Puelches está allí entre los 14 y los 17 m. Bien fácil entonces probar que se han metido de cabeza en un estrago hidrogeológico de órdago (art 200 CPN).

Ponete en el lugar de la Jueza y fijate cómo hacer para pedir todo lo que Vos pedís a instituciones "científicas" que jamás han abierto la boca. Por aquí hube expresado a la Corte lo sucedido y también fue rechazado.
La ecología de los ecosistemas políticos señala que todo está bien entongado (entanglement en inglés) y la Jueza lo sabe.

Decime cómo evitar el extenuamiento Tuyo, el de Ella y el de todos los que reclaman en un medio político que necesita de estas burradas para sobrevivir: llámese Massa, Sujarchuk, Ducoté, Duhalde, Solá, Macri.

La burrada que conformarán los difusores de las 4 millones de m3 de efluentes por emisario al estuario te regalará en 50 años la muerte por asfixia de los flujos estuariales enfrente mismo de la gran ciuad. Eso es bien prospectivable. Hice un video de 2 hs hace 4 años y de inmediato me felicitó el ex presidente del Centro Argentino de Ingenieros, Ing JC Gimenez, pero tampoco salió de su silencio.

Si a este entanglement cuántico político le sumás la ceguera de nuestros "científicos", no veo otro remedio que hacer películas.
Pero pedirle a la Jueza que haga todo ese peritaje con estos campeones ...

Un abrazo Francisco

PD: arriba nuestro, arriba de las nubes, también hay responsables. Y fíjate qué curioso, quien me informa desde arriba cada día dónde tengo que mirar estos temas, es una mujer que nunca conoció las letras y de sobra, la pobreza extrema. Por Ella trabajo sin jamás pedir nada a cambio.

Un abrazo, Francisco