Estudio INA 1 . 2 . . observaciones 1 . 2 . 3 . . planicie . . ley de humedales . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . . Salida Luján 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Parque Industrial 1 . 2 . 3 . . Larena . . Aliviador . . Vinculacion . . Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . causa Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . . planEscobar 1 . 2 . 3 . 4 . . Ord 727 1 . 2 . 3 . . Consultatio 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . . altimetrias . . San Sebastián 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . 28 . . embalses . . EIDICO . 1 . 2 . . mentiras . . quantum . . El cazal EIRSA 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . La Cañada 1 . 2 . . humedal Escobar 1 . 2 . 3 . . Cartas Doc a Scioli . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . miserias . . cartas doc al OPDS 1 . 2 . 3 . a la AdA . al Juzg Fed 1ºSI . al Fiscal Federal . a Sergio Massa 1 . 2 . . a Zúccaro 1 . 2 . 3 . a Alvarez Rodríguez 1 . 2 . 3 . . a otros . . atropellos 1 . 2 . 3 . 4 . . playboy . 1 . 2 . . puertoescobar 1 . 2 . 3 . 4 . . areco . . cloaca 1 . 2 . . causa 2843 JF1SI 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . Colony Park 1 . 2 . . preguntas 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . respuestas . . remediacion . . recusacion . . amicus . . propuesta 1 . 2 . . terraplen . . jurisprud . . archivolegislativos . . hidrolinea 1 . 2 . 3 . 4 . . . art 59 . . Res.29/09 . . eiaydia 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . Valls . . parentescos . . contralor . . salvedades . . IAB . . flujo termodinámico 1 . 2 . 3 . convenglish . . plataforma 1 . 2 . . termodinamica 1 . 2 . 3 . . riovivo . . riomuerto . . mantos . . sedimentología . . acuíferos . . puelches 1 . 2 . . albanueva . . sustentable. 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . . agua 1 . 2 . 3 . . pendientes 1 . 2 . . Luján . 1 . 2 . 3 . maná del cielo 1 . 2 . 3 . . ensanche . 1 . 2 . 3 . 4 . . zanjon . . garin . . cantón . . las tunas . . ley particular . . emergencias . 1 . 2 . inundate . 1 . 2 . 3 . . colinacarmel . . carmel . . Comilú . 1 . 2 . . comireclu . . otamendi . . Verazul . 1 . 2 . jubileo . . index

 

Comilú, su inconstitucionalidad

Del Viso, 8 de Abril del 2015. Al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires

Make no judgments where you have no compassion, nos recomendaba Anne McCaffrey. Del mismo tenor nos llega el refrán: porque te quiero, te aporreo.

Por motivos de compasión hacia los ministros Arlía y Batakis y los problemas que les transfieren y ellos concretan en créditos y en obras, -motivo por los que ambos están denunciados penalmente en la causa FSM 65812 en el JF Nº1 de San Isidro-, van estas líneas llamadas a solicitar al Gobernador la derogación de la ley expediente D-1579/14-15 que fuera aprobada el 26/3/15 en la Cámara de Senadores y por Diputados en Noviembre. Aclaro que el Asesor Gral de Gobierno ha probado en forma reiterada, ser en estas materias de hidrología urbana, tan irresponsable como estos legisladores.

Tan ligera de cascos esta ley de un par de mercedinos de La Cámpora, que no sufrió en Diputados otra modificación que apuntar 3 directores en lugar de 2; y tres consejeros en lugar de 4. En el Senado no le tocaron una coma.

Laxitud de las miradas críticas de cada uno de nuestros legisladores en los que se invierten alrededor de 20 millones de pesos por año; para luego dar como beneficios estos balances, que tras un capítulo de antecedentes, describo con beneficio de brevedades.

Siguiendo el orden que llevan las aguas, empecemos por Mercedes.

El año pasado sacaron a la luz que Wado De Pedro tenía una parcela en “Los altos de Mercedes”. Este barrio cerrado está enclavado justo en la salida tributaria del Ar. Frías al Luján en la margen del mismo casco urbano. El arroyo Frías reconoce una cuenca de aprox 12.000 Has y por lo tanto está sujeto al art 5º del dec 11368/61 reglamentario de la ley 6253, que exige una restricción al dominio inexcusable de 100 m mínimos en cada margen del arroyo.

Estos emprendedores, bien allegados a las Familias Rébora y Uztárroz, no sólo “consiguieron” que la AdA les aprobara una restricción de 50 m sin que la ley le diera arbitrio alguno al ejecutivo provincial para esta disminución; sino que en adición levantaron sus brutos terraplenes sobre esas franjas de conservación, perjudicando sin más remedio a los vecinos externos a la polderización.

Por otra parte se comieron crudo el at 59 de la 8912 que les señala la obligación de ceder todas esas tierras anegables al Fisco. También se comieron crudo el art 2340, inc 4º del Código Civil que les exige reconocer la dominialidad pública de esos bañados que se anegan con frecuencia 20 o 30 veces superior al límite que les marca el art 18 del Código de Aguas para determinar la línea de ribera de creciente media ordinaria.

Recuerdo que esas dominialidades no prescriben aunque los que se dicen titulares exhiban la “perfección” de sus títulos registrados.

Y por obvia ignorancia también se comieron crudo el art 420 bis del Código Penal Federal mejicano, que por los compromisos que surgen de la Convención Interamericana de Derechos Humanos estamos obligados a conocer y respetar como acceso que tiene por art 41 de la CN cualquier ciudadano que reclame en fuero penal con el derecho al mejor derecho. Y el de este art 420 bis prohibe en forma muy clara afectar los humedales al destino que aquí propone este barrio. Estimo que con estos antecedentes el Asesor Gral de Gobierno ya tiene estímulos compasivos para incluirlos en su conciencia adjetivadora y hacerla algo más sustanciadora.

Veamos ahora qué relación compasiva media entre éste que suscribe y las familias Rébora y Uztárroz. Wado es hijo de una joven Rébora que fuera asesinada por los militares; y es sobrino de Silvia Rébora, funcionaria en el 2º cargo de más importancia de la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación. Un Uztárroz es hoy titular del Concejo Deliberante de Mercedes. Y entre las familias Uztárroz y Rébora hay lazos familiares de muchas décadas.

Me ha tocado en suerte hace 26 años estar en casa de dos hermanas de la Madre de Wado y confieso que me dejaron encantado sus cualidades personales. También estuve en esos tiempos en casa del Padre de los Uztárroz y recuerdo a todos esos jóvenes en tiempos escolares jugando en el amplio jardín de la casa solariega repartiendo sus alegrías a la vista de su Padre; un vasco generoso y afectuoso que no olvidaré. Así como tampoco olvidaré la visita al casco de estancia de Silvia Rébora y el cálido hospedaje en una mañana de invierno al calor de un hogar encendido. Esta mujer es un ejemplo de eficiencia y seriedad, a pesar de estar rodeada de problemas que no cesan de crecer.

Si hoy por esas cosas de la Vida les toca a estos jóvenes actuar en política, al tiempo de hacer negocios con los usos del suelo, cabe por el cariño que les tengo, que se los diga.

He hecho lo mismo con mi propia Familia.

Pero en adición de aprecios les comento que la tendencia de los holandeses de Delft no es unificar las cuencas, sino, en lo posible, amén de no usar “cementos”, diferenciar sus competencias.

Llegados a este punto vale copiar la expresión de una mecanicista, la ministra de Ambiente e Infraestructura de Holanda, Melanie Schultz van Haegen-Maas Geesteranus "La cuestión no es qué queremos hacer, sino cómo la hacemos: con hierro y cemento o de un modo más natural". Y agrego lo que sigue:

The Integrated Coastal Zone Management (ICZM) La administración integrada de zonas costeras es un proceso que usa aproximaciones integradas que incluyen fronteras políticas y geográficas, en un intento por alcanzar sustentabilidad

Este concepto nació en 1992 en la cumbre mundial de Rio de Janeiro.

Cuatro principios básicos han sido definidos en Holanda respecto a este ICZM . Los dos primeros señalan:

Principio 1º: debemos descentralizar en todos lados donde resulte viable y solo centralizar donde resulte necesario

Principio 2º: “blando en todas las circunstancias que sea viable y duro solo donde resulte necesario. (2005)

Imaginen estimados Batakis y Arlía cuánto dinero les cabe ahorrar en las ciegas aberraciones de los sarcófagos “hidráulicos”, eternas soluciones de nuestros mecanicistas autóctonos.

Todas estas miradas que no ceso de sumar -aunque las advierta mecánicas-, están referidas al buey, prescindiendo de los problemas que carga la carreta. De lo que cuestan nuestras Vidas resulta fácil y permanente escuchar hablar. No así de las energías que mueven al buey. Jamás se habla de los sarcófagos pretendidamente “hidráulicos” que le hemos construído negándole en planicies extremas, acceso a sus alimentos.

El buey come sol; que primero es devorado por los esteros y bañados aledaños a las sangrías mayores y menores comportándose cual verdaderas y muy eficientes cajas adiabáticas naturales abiertas. Ésto es, que no necesitan imaginarse como calderas o motores a explosión que en función del combustible que les acercamos generan trabajo. Por eso, hasta el concepto de entropía se da vuelta como una tortilla.

Estos de los que hablamos no son sistemas cerrados, sino abiertos y enlazados. Se van pasando las energías unos a otros en función de gradientes térmicos e hidroquímicos, que a pesar de elementales, nunca han sido reconocidos por la segunda ley de la termodinámica y sus doxógrafos aplicados a exprimirla como si fuera la biblia, pero cerrando sus ojos a Natura para solo ocuparse de la eficiencia de sus máquinas.

Un misterio, cómo el ojo mecánico ha logrado sostener durante los últimos 380 años sus catecismos sin advertir en Natura, situaciones bien visibles y algo más complejas.

Por estas razones de estar rodeados de desenfoques fenomenales ligados a confiados catecismos cuya infidelidad por tan solo mirar para otro lado despierta abismos, estos aprecios a la Vida del buey resultan, al menos para este querellante, mucho más interesantes de considerar, que las interminables cuestiones ambientales.

Que al fin y al cabo, aunque no alcancen los consuelos para secar nuestras lágrimas por tantas sufridas calamidades ambientales, todas estas cuestiones dependen en primerísimo lugar, de las espaldas y de las patas del buey.

Estos temas lucen en los abismos de las cuencas bajas en brazos interdeltarios y planicies intermareales. Por eso la necesidad, respetando el Código de Aguas, de diferenciar dos comités de cuenca. Los de arriba con energías gravitacionalesy los de abajo con energías convectivas. Los problemas de la cuenca baja son trillones de veces más graves que los de arriba, en daños a los bueyes y perjuicios a los pasajeros de la carreta.

Sobre estos temas, los legisladores mercedinos tienen alcance compasivo a la Ing Susana Márquez, otra querida mercedina muy allegada a estas preciosas Familias, que estudió en Delft y trabajó en Hidronor y en la Secretaría de Agricultura de la Nación en temas hidráulicos. Nos conocemos y apreciamos mucho. Ella sabrá orientarlos.

Ahora, los mercedinos que impulsaron esta ley quieren que la cabeza del supercomité Comilú esté localizado en Mercedes. Esto resulta algo así como pedir el traslado del gobierno argentino a Santa Cruz.

Aprecio aclarar que, amén de otras inconstitucionalidades que oportunamente esbozaré y en SCJPBA demandaré y en Juzgado Federal por tema conexos denunciaré, el art Art 5º propuesto señala: “Déjense sin efecto las normas de creación y ratificación de los Comité de Cuenca del Río Luján A y B, en el marco de la Ley Nº 12.257 (código de Aguas), los cuales mudarán su carácter al de Órganos Consultivos con funciones de asesoramiento técnico al Comité creado por la presente ley”.

Esta alteración y concentración es inconstitucional porque una ley, por una simple cuestión de prelaciones, no puede derogar a un código.

Vayamos ahora al tema unificación de interjurisdiccionalidades en lugar de diferenciar experiencias sobre bueyes tan diferentes, tratamientos y por ende, competencias.

La cuenca del Luján reconoce gravedades, urgencias, abandonos oficiales y miserias mercaderes por todos lados. Y los problemas en cuenca alta son la nada en comparación con los de la cuenca baja. Simplemente limpiando exóticas y sin esperar los versos que les prepara la consultora Serman, resolvieron en 5 meses las gravedades del casco urbano de Luján que se había anegado 8 veces en el 2014.

Pedirle a los de Mercedes que se ocupen de los problemas en Pilar, Escobar oTigre es lo mismo que pedirle a la Familia Rébora que se ocupe de un tema de la Familia Fernández a 60 Kms de distancia. Siendo el caso, que los problemas minúsculos que carga Mercedes en materia hidráulica son de competencia estrictamente municipal –por las burradas que el municipio durante décadas hubo como ciega reiterado-.

Ver esas burradas, incluídas las vivezas autóctonas de Los altos de Mercedes” que jamás España desconocería y no hizo nada para intentar frenarlas por no marchar contra sus amigos, en estos http://www.paisajeprotegido.com.ar/leyparticular16.html. //leyparticular19.html y /leyparticular26.html

Las competencias primarias municipales en materia hidráulica están expresadas en las leyes 6253 y 6254 desde hace 55 años. Y el hecho de que los decretos 1727/02 y 1609/13 (ambos impugnados en SCJPBA, causa I 72994), no recuerden esas competencias, es problema que hay que recordarle al Asesor Gral de Gobierno; que como tantos, ignora las especificidades que caben a estos temas y siempre busca eludir las demandas de inconstitucionalidad con adjetivaciones procesales, pero nunca parece aprender nada del fondo de estas cuestiones. El “poder” tiene esa virtud: nos hace ciegos para seguir concentrando “poderes” como los enunciados en el dec 1069/13, que solo sirve para mezquinas campañas personales e insistir en multiplicar inútiles propuestas legislativas que hacen visibles fines y criterios en extremos paupérrimos.

Por ello reitero: los problemas hidráulicos de Mercedes son ridículos al lado de los de Pilar, Escobar, Tigre o de salida al estuario. Mejor antes de redactar leyes imperiales y pretender dirigir nada desde sede fundada en cota a 40 m de altura, descubran los problemas domésticos que tienen en sede municipal y vean de hacerse cargo con las herramientas legales que ya las tienen desde hace 50 y más años.

Y otra cosa: no le pidan a Batakis o a Arlía que les resuelvan los problemas que son de Uds. y después éstos tengan que cargar con juicios penales por cerrar los ojos antes los fraudes del BID e insistir en solicitudes obviando la ausencia de los Procesos Ambientales

Si faltara expresar alguna compasión adicional por los mercedinos, en la página http://www.paisajeprotegido.com.ar verán con cuánta compasión y dedicación entrego mi Vida a estos temas de todos mis vecinos.

Para probar cómo sigue la historia de estas compasiones sugiero mirar por los problemas de cuenca media en Luján; en cuenca baja en Pilar; en brazos interdeltarios y planicies intermareales extremas en Pilar, Escobar y Tigre y en tributaciones estuariales a las que nadie presta la más mínima atención. Verán que estas cuestiones no se resuelven concentrando autarquías administrativas, técnicas y políticas sin antes sumar unas cuantas miles de horas de entrenamientos en vuelos críticos, que nada tienen de ideologías, ni de ostentación de poder.

El detalle de todas estas tareas con precisos enfoques legislativos viene indicado por http://www.paisajeprotegido.com.ar/leyparticular0.html con su correspondiente http://www.paisajeprotegido.com.ar/introito.html

Deseo resaltar el beneficio de las obras blandas liquidando exóticas, obradas en las márgenes del Luján que por fin han dado respiro al casco urbano de Luján. Así de simple una medida dispuesta por el ministro Arlía y sugerida por este que suscribe 6 meses antes a los vecinos que pedían ayuda a gritos, sacó del encierro al municipio que siempre debió de hacerse cargo de estas tareas.

Pedirle a la DIPSOH que corte acacias en las avenidas de inundación de los cursos de agua en una provincia grande como Francia, es estar propiamente en la luna.

Pedirle a La Cámpora que se ocupe de estos temas específicos con la preparación que tienen, es volverlos locos. Mejor que cada uno siga haciendo su tarea, preocupándose por hacerla mejor y sin olvidarse de recordar las leyes que caben a estos menesteres.

Por ello sugiero al Gobernador que se olvide de promulgar esta ley de concentración de poderes que está a punto de serle remitida, considerando que amén de estos motivos compasivos, sobran los peores ejemplos, las incoherencias y las inconstitucionalidades.

Parecen haber olvidado que el 28/11/2013 la legislatura sancionó la ley 14578 de declaración de emergencia hídrica en toda la cuenca del Luján y en el último párrafo de su art 3º señalaba: “Las intervenciones necesarias de los organismos de asesoramiento y control previstos en las citadas normas deberán requerirse una vez finalizado el trámite administrativo a que hubiere lugar”.

Y aclaro, no sólo el administrativo, sino el que por presupuestos mínimos y antes de salir a buscar créditos, exige cumplir con el debido e inexcusable Proceso Ambiental que siempre ha reinado por soberana ausencia, probando así los despistes de estas inconstitucionales y declamadas autarquías que se imaginan soberanas.

Parece que se olvidan de este último párrafo de esta joven ley de emergencias y una y otra vez insisten en volver al BID para pedir dineros para obranzas que nunca contaron con Proceso Ambiental alguno. Que se olviden estos legisladores de autarquías por sobre los presupuestos mínimos. No hay ley ni código imperial que pueda con ellos.

Por eso se les cayeron los dos tramos de US$680 millones que iban a recibir del BID en Septiembre del 2013 y Marzo del 2014. Y no hubo necesidad de apelar a la justicia local. Bastó hacer la denuncia en Washington. Volveremos a insistir hasta que les de vergüenza participar en este final de fiesta.

Hace dos años edité las advertencias que cabían a esta ley de emergencias Nº 14758 y son visibles por http://www.delriolujan.com.ar/emergencias.html y /emergencias2.html

En esta ley de emergencias apenas asoman la cabeza algunas especificidades. Pero en esta nueva D-1579/14-15 de construcción de poderes, su inocencia concentradora brilla por ignorancia grotesca. Ningún comité de cuenca ha probado alcanzar a desarrollar siquiera un estudio de hidrología en 15 años. Cuando de hecho, este simple burro se ha ocupado de regalarles el de la cuenca media del Pinazo-Burgueño que fuera en el 2005 realizado con el más alto nivel de modelación, ajuste de variables y verificación de testimonios vecinale.

Para administrar tanta tarea, tantos intereses contrapuestos, tantos problemas diversos y tanto desconocimiento de las energías que operan en los equilibrios de las dinámicas de los sistemas ecológicos en planicies extremas, es necesario que los legisladores empiecen porrespetar los presupuestos mínimos por arts, 2º, inc e y 6º, par 2º de la ley Gral del Ambiente. Si los autores de esta ley entienden un mínimo de lo que hablo, les regalo mi tiempo para probarlo y/o ejercitarlo.

En acuerdo a lo señalado en el Código de Aguas, ley 12257, propongo aplicar esas dos comisiones a considerar dos áreas de responsabilidad: a). la del área que cuenta con energías gravitacionales en sus flujos ordinarios mínimos y estudios de hidrología medianamente serios del INA, que empiezan a naufragar al llegara las primeras áreas deltarias en cercanías de Carabassa; y b). la del área que sigue más allá de la Reserva Natural de Pilar y no cuenta en sus flujos ordinarios mínimos sino con energías convectivas. Areas en donde los estudios del INA han probado naufragar; al punto de dejar sin modelar los últimos 55 Kms (sin contar meandros), antes de su salida al estuario. Areas donde se han obrado con participación de la AdA, la DIPSOH y el OPDS las peores aberraciones procedimentales imaginables y que todos los días nos enteramos, vuelven a repetir.

Amén entonces de sincerar el origen de donde descienden estas aberraciones y ésto habrá que hacerlo en sede penal federal, pues los foros penal, civil o contencioso administrativo provinciales no querrán mirar una sola de estas causas ni en pintura y de eso ya tenemos relatadas unas cuantas experiencias exclusivas vividas a lo largo de tres lustros, insistimos en profundizar estos temas y paso a paso nos acercamos a mirar con otra lucidez esos presupuestos mínimos que ponen al buey delante de la carreta.

Dividiendo las observaciones del Luján desde la Reserva Natural de Pilar aguas arriba y desde ésta hasta la salida hacia el estuario con inclusión de sus aportes al corredor natural de flujos costaneros estuariales que hace tiempo ha quedado en el olvido, siendo el único que se ocupa de dispersar las miserias de la gran urbe y llevarlas a más de 4000 Kms de distancia al profundo océano.

Áreas cuyos equilibrios dinámicos responden a energías muy diversas y por ello reitero la importancia de hacer estas diferencias. Una responde a mecánica de fluidos y la otra, a termodinámica de sistemas naturales abiertos.

Empezar por estudiar estos temas es tarea más importante que la de sentirse dueños de la administración de los problemas de esta cuenca en inconciente afán de concentrar poder en manos tan ignorantes, que ningún esfuerzo les lleva pasar por prepotentes. En afán tan inconciente que hasta nos permite compasivos considerarlos inocentes. Como el niño que dice, dame todo.

La primera emergencia que los moverá a estudiar, es la de poner a los jóvenes inocentes prepotentes a enfrentar los problemas que tienen en sus municipios, no sin antes recordarles la responsabilidad primaria de éstos, en esos problemas que vienen descriptos en el índice de la página www.paisajeprotegido/leyparticular0.html y allí mostrar su capacidad para respetar y hacer respetar las leyes que cargan compromisos hidrológicos, aunque los intereses en juego sean los negocios familiares. Sean compasivos con esas familias. No les faciliten hacer burradas.

Concentrar autarquías sin respetar las prelaciones debidas a precisos marcos legales y seguir confiados en decretos y resoluciones inconstitucionales que están plagados de oportunas impugnaciones en SCJPBA (más de 12 millones de caracteres en 40 causas), ayudará a entender mejor cómo y dónde debemos actuar, estudiando previamente estos temas y sin necesidad de concentrar mandos que siempre han sido bastardeados sin piedad por los más incompetentes.

Acerco un par de ejemplos que el Gobernador recordará. Tras haber sacado del OPDS en el 2010 a la Dra Corbi y a su propio hermano Nicolás y remplazado por un perfecto incompetente, presenta en el Senado con inclusión de agradecimiento al Padre Celestial, un código de faltas ambientales: Senado Exp. G-27 2011/2012 acaballado al A-9 (frenado a tiempo por este que suscribe;

ver http://www.hidroensc.com.ar/codigo1.html y /codigo2.html), que fue monumento al lavado de los patios traseros.

De la misma pluma de la mano derecha de este titular del OPDS salió aprobada la ley 14343 de Regulación de identificación de pasivos ambientales en 9300 caracteres. Otro lavado de patios traseros impugnada de inmediato en SCJPBA, por causa I 71857. Ver esta demanda por http://www.hidroensc.com.ar/incorte52.html

Nunca logró este incompetente realizar un solo Proceso Ambiental. Sin embargo, ahora impulsa la aplicación de 77 millones para “sanear” arroyitos y zanjas de cuenca alta, pequeños tributarios del Pinazo-Burgueño en el municipio y en las áreas donde así estima juntar votos, en cotas 10 metros más altas que las del casco urbano de Luján.

Por cierto, estas obranzas no cuentan con Proceso Ambiental alguno. Ignoran el estudio de hidrología de las cuencas Pinazo-Burgueño realizado por Berger en el 2005 aguas debajo de esos arroyitos y sólo cuentan con los favores del mismo incompetente que se propone para gobernar. En la Dirección de proyectos de la DIPSOH saben muy bien de quién es esta ocurrencia y para qué sirve.

Un lenguaje bastante menos compasivo es el que les espera en las demandas de inconstitucionalidad y en las denuncias penales por hacer uso de estas ilusas “autarquías” ninguneando con declamativos imperativos legislativos los precisos marcos procedimentales ambientales y administrativos que nos apuntan los presupuestos mínimos y nos reafirman los arts 240 y 241 del nuevo Código Civil.

Este texto se reconoce por http://www.delriolujan.com.ar/comilu2.html

Francisco Javier de Amorrortu, 8 de Abril del 2015.