Estudio INA 1 . 2 . . observaciones 1 . 2 . 3 . . planicie . . humedales . . Salida Luján 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Parque Industrial 1 . 2 . 3 . . Larena . . Aliviador . . Vinculacion . . Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . causa Pilará 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . . planEscobar 1 . 2 . 3 . 4 . . Ord 727 1 . 2 . 3 . . Consultatio 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . . altimetrias . . San Sebastián 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . embalses . . EIDICO . 1 . 2 . . mentiras . . quantum . . El cazal EIRSA 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . La Cañada 1 . 2 . . humedal Escobar 1 . 2 . 3 . . Cartas Doc a Scioli . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . miserias . . cartas doc al OPDS 1 . 2 . 3 . a la AdA . al Juzg Fed 1ºSI . al Fiscal Federal . a Sergio Massa 1 . 2 . . a Zúccaro 1 . 2 . 3 . a Alvarez Rodríguez 1 . 2 . 3 . . a otros . . atropellos 1 . 2 . 3 . 4 . . playboy . 1 . 2 . . puertoescobar 1 . 2 . 3 . 4 . . areco . . cloaca 1 . 2 . . causa 2843 JF1SI 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . Colony Park 1 . 2 . . preguntas 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . respuestas . . remediacion . . recusacion . . amicus . . propuesta 1 . 2 . . terraplen . . jurisprud . . archivolegislativos . . hidrolinea 1 . 2 . 3 . 4 . . . art 59 . . Res.29/09 . . eiaydia 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . Valls . . parentescos . . contralor . . salvedades . . IAB . . flujo termodinámico 1 . 2 . 3 . convenglish . . plataforma 1 . 2 . . termodinamica 1 . 2 . 3 . . riovivo . . riomuerto . . mantos . . sedimentología . . acuíferos . . puelches 1 . 2 . . sustentable. 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . . agua 1 . 2 . 3 . . pendientes 1 . 2 . . Luján . 1 . 2 . 3 . maná del cielo 1 . 2 . 3 . . ensanche . . zanjon . . garin . . cantón . . index

Carta Doc a Sergio Massa

Del Viso, 31.7. 2013. Al intendente de Tigre. A Ud Sergio Massa denuncio las violaciones que el ejecutivo provincial hace de la ley 13569 -ver por http://www.hidroensc.com.ar/incorte114.html e /incorte115.html e /incorte106.html y a los encubrimientos que Ud mismo exhibe convocando a audiencia pública por Res 1632/13, con el soporte de una Ord 2454/02, confirmando un acuerdo por dec prov. 1727/02, ambas superadas por una LEY 13569.

La invitación a los municipios a sumarse a sus preceptos es una simple galantería, pues la ley apunta a las responsabilidades del ejecutivo y la legislatura provincial.

En adición de despistes, en el Anexo II, Punto I, par 7º y 8º de la ley 11723 y en los art 3º y 4º de la Res 29/09 del OPDS se afirma y confirma que estas evaluaciones y declaratorias son responsabilidad provincial y no de Uds.

Por ende, todo lo actuado en términos administrativos y obrado en términos fácticos, carga las tipificaciones propias que el CPP precisa en los arts.173, inc 8, art.181, incs 1º, 2º y 3º; art.182, incs, 1º, 2º y 3º; art 183, art 187, art 189, art 200, art 264, art 293 y art 298.

La unción extemporánea que apliquen a esta convocatoria sólo servirá para poner de manifiesto la prepotencia con que se comieron el Proceso Ambiental completo, desde el mismo principio con que avanzaron en evaluaciones carentes de todo indicador de gradientes ecosistémicos críticos en Estudios de Impacto Ambiental concretos; y a su vez éstos sin el soporte legislativo provincial particular que para cada proyecto reclama el art 12º de la ley 25675 y así evitar los cantos de sirena.

Toda esta movida sólo les ha servido para ver alborotado el avispero en provincia y en el Juzgado federal Nº1 de S.I.

Una causa I 71908 en SCJPBA sobre Vuestras evaluaciones truchas de Santa Catalina, San Rafael y San Gabriel del ejecutivo municipal ya están camino a la CSJN.

Ver su paso por SCJPBA x http://www.hidroensc.com.ar/incorte53.html e /incorte75.html

Cada mancha que añadan al Tigre confirmará Vuestra fresca prepotencia, esa que tan poco aprecian en la arquitecta egipcia.

No hay forma de borrar esas manchas; pero si hay formas de cambiar esos comportamientos. Y por ese presente de Vuestros cambios en comportamiento serán por la Vida juzgados.

Seguir con las farsas procedimentales administrativas y las nulas ambientales, es negar ese presente que esperamos nos descubra a todos un poco más iluminados.

Ahórrese esta convocatoria gaseosa y nos ahorrará trabajo a unos cuantos que no tenemos ninguna opción a hacer favor a límites laxos que en esta planicie intermareal y desde hace aprox. 40 años, han construído abismos.

A esos abismos han comenzado Uds y los del Municipio de Pilar a mirar. Sean coherentes con esas miradas y no insistan con mamarrachos en querer borrar lo inolvidable.

Acepten como el maquinista del tren español que han estado, no un instante, sino 40 años en la luna.

No es necesario que lo digan. De eso se ocupa este burro. El mismo que les pide que comiencen a construir un presente confiando que por Él, por ese presente serán juzgados.

Estas burradas tienen dos ámbitos infernales: 1º. El hidrogeológico inaugurado hace 40 años por los Vianini y su DyOPSA, al que le quiso acompañar Supercemento; hasta que no conformes con las maldiciones de la Vida los premiaba, sumaron a Costantini.

Éste quiso imaginar que su impericia o imprudencia quedaba resuelta con un paseo por legislatura para aprobar su proyecto.

Aunque hubieran tenido el apoyo de la ONU esas bestialidades ultra criminales lo siguen siendo.

No les alcanzará la eternidad para terminar de entender cómo hicieron para hoy lucir tan ciegos.

Por cierto, hablar de los muertos que carga la inseguridad es menos que un chiste al lado de las MUERTES que cargan las enfermedades de las aguas.

2º el hidrológico. El carácter de cloaca terminal que conforma el Luján en sus últimos 20 Kms, para naturalmente evitar con el auxilio de las aguas del Paraná de las Palmas que todas las miserias de las cuencas tributarias urbanas del Oeste descarguen en su cauce, es la primera cuestión a mirar por todos los municipios involucrados con esta vía hoy por completo negada, de salida obligada al estuario.

A esto dedicaré los próximos días mi tarea con destino a CSJN, con foco tan preciso que no resultará sencillo a la Procuración esquivar esta demanda originaria. Ver esta por http://www.hidroensc.com.ar/cortemr7.html Causa D 412/2'13 en CSJN. Ver también otra más reciente I 72832 en SCJPBA sobre este mismo tema por http://www.hidroensc.com.ar/incorte122.html e /incorte123.html

Tarea obligada y urgida por 2 denuncias al BID haciéndolos a Ellos responsables por inducir a violaciones de los debidos Procesos Ambientales y por regalar una evaluación de la cuenca que es prueba de ignorancia o desfachatez plena. Ver por http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid6.html

No quisiera seguir cargando las tintas en una carta doc cuyas extensiones me ahorro por verlas Uds completas por los vínculos a la web ya indicados y porque vuelvo a repetir, los quiero ver a Uds construyendo un presente y no tapando un pasado.

Si insisto en acercar el pasado es para que tomen conciencia y trabajen para el presente que obligado nos espera a todos hermanados, pues la tarea es tan descomunal como original. Y para merecerla tenemos que dar muestras de sinceridad interior que no se ganan en mil pasajes por tintorería.

Con aprecio y la aplicación a poner límites con que prometí ayudarlo, le saluda y con el alma de mi Musa Alflora le bendice Francisco J de Amorrortu

A los vecinos de San Rafael

Sres representantes de la Comisión de vecinos del barrio San Rafael.

En primer lugar aprecio comentar que mi participación en estas lides es debida a que este San Rafael y otros fideicomisos comparables al Vuestro están ocupando suelos que por Código Civil no son privados, ni fiscales, sino del dominio público natural; esto es: bienes difusos que siempre cumplieron una función irrenunciable. Esta es, acumular cual baterías convectivas, las energías solares; que por costas blandas y bordes lábiles van luego transferidas a las sangrías mayores para asistir las dinámicas horizontales de sus aguas; que de lo contrario quedan MUERTAS.

Siempre se ha creído que las aguas se mueven por pendiente. Y eso es cierto en muchos lugares; pero no aquí donde las pendientes apenas superan los 4mm x Km. Hoy las aguas de todos los tributarios urbanos del Oeste con salida al cauce del Luján, están soberanamente MUERTAS, por este motivo.

No le preguntaré a Ud Sr. Vecino, me diga cómo resolver esta cuestión que afecta a no menos de 5 millones de personas. Ni le pediré a Sergio Massa. Pero sí ayudaré a entender y tratar de resolver esta cuestión. Ver por http://www.alestuariodelplata.com.ar/convec2.html

Y si pocos deseos tuvieran de leer y apreciaran ver y escuchar, vayan estos videos que reclaman Quick Time o Video lan

Sobre crímenes hidrogeológicos http://www.hidroensc.com.ar/incorte92.html

Sobre cambio de paradigma en mecánica de fluidos http://www.delriolujan.com.ar/manadelcielo.html

Sobre prospectivas al devenir mediterráneo de Buenos Aires http://www.alestuariodelplata.com.ar/prospectivas4.html

Hace 16,5 años años vengo trabajando en estas materias, sin jamás haber pedido un cospel a cambio. Y no tengo apuro; porque tengo bien claro que MUERTO seguiré trabajando en esta cuestión; que no se resuelve en una Vida lo que se arruinó en varias generaciones sin término de cegueras, torpezas y aberraciones, que EIDICO con tardanzas y aún callado, ya conoce.

La ocupación de esteros y bañados no sólo se ha ocupado de violar los arts 2340, inc c, 2577 y 2572 del Código Civil, imaginando decisiones fiscales o legislativas que ni al Estado en general, ni a la Legislatura en particular le competen sin antes cambiar el Código Civil;

sino que para generar cotas de suelos, aún bien super deficitarias para cubrir los 5,24 m de crecidas sudestadas que reconoce la región en los términos de recurrencias que caben a hidrología urbana, se ha ocupado de cavar hasta descabezar el santuario hidrogeológico Puelches de 2,5 millones de años. Habiendo esas aguas alimentado el crecimiento de la gran ciudad durante al menos 100 años. Por eso resulta fácil estimar que alguna mayor conciencia, respeto y agradecimiento debemos.

Estos crímenes hidrogeológicos tipificados por el art 200 del código Penal, no prescriben y sus remediaciones se estiman nunca menores a los 800 a 5000 años. Invertir 10 millones de dólares por año para acercar remediación, llevaría al menos unos 8.000 millones de dólares. Vea Sr vecino el detalle que no es a resolver con cálidos modales y "negociación"; sino con cambio de conciencia y paradigmas de negocios de mayor integridad. Materia en la que EIDICO no es precisamente lider.

Si Ud lee las cartas documento enviadas a la titular del Juzgado Federal en lo criminal de S.I., http://www.delriolujan.com.ar/cartadocjuzgfed.html. al Gobernador Scioli http://www.delriolujan.com.ar/cartagob5.html y al Intendente Massa http://www.delriolujan.com.ar/cartadocmassa.html en Febrero del 2011, advertirá que las 10 tipificaciones penales dirigidas a todos y cada uno de ellos, no resultaron gratuitas.

Mire también la enviada al Fiscal del crímen de SI que renunció no bien recibió esta otra http://www.delriolujan.com.ar/cartadocfiscalfed.html

De esas cartas doc salió la materia de conciencia para mostrar al Colony Park y para moderar las pretensiones de la nueva ordenanza de Tigre para las áreas insulares prohibiendo tales cavas, y de similar ordenanza del Concejo Deliberante de Pilar para prohibir otras peores.

Es impensable, que habiendo las autoridades de estos municipios tomado conciencia de estas atrocidades criminales, tengan necesidad de imaginarse que su prudencia queda bien amparada en el olimpo de los dictados de un juez Contencioso Administrativo que nada entiende de estos temas y que bien haría Ud en averiguar qué opinión se tiene de éste juzgado.

En la conciencia de las autoridades del municipio y de la provincia ya tienen sobrada precaución para no dar un paso sin antes haber visto resueltas demandas judiciales mucho más específicas en terminos de ecología de ecosistemas de planicies extremas y ambientales descomunales, que pesan en SCJPBA, en CSJN y en sus propias conciencias. Conciencia de materias que invito a Ud Sr. Vecino a cultivar.

Cuando Ud solicita un amparo suele hacerlo en términos bien sencillos como para que todos rápidamente lo entiendan. Pero esa sencillez casi siempre atenta con la debida expresión que estas especificidades merecen.

El escrito inicial no acepta ampliaciones para alcanzar gradualmente mayor especificidad. Por eso este burro no va por amparos y sin embargo, con algún esfuerzo y la debida perseverancia, alguna conciencia ha sembrado en estos temas; casi todos (35) en SCJPBA; habiendo allí subido no menos de 10 millones de caracteres en hidrogeología e hidrología urbana. En CSJN (6).

Materias éstas, de las que el juez Servín no entiende ni la primera letra. Dejar estos problemas sólo en manos de un juzgador tapado de trabajo y tan reacio a ilustrarse como a controvertir con total gratuidad como lo ha hecho y lo tengo bien expresado en SCJPBA, equivaldría a suponer le debemos confianza ilimitada por ser el único al que le cabe juzgar.

No es el juez Servín responsable al fin, de desconocer o no entender la gravedad de cuestiones tan específicas que reclamarían la creación de un fuero super especial y aún así tener que resolverlas en medio de miles de demandas de las cuales éstas son, sin duda, las menos placenteras.

Pregunte en la Cámara de casación o en la Cámara Federal de apelaciones o en el Juzgado Federal en lo Criminal Nº 1 de San Isidro qué jueces y camaristas han quedado sin recusar por Enrique Ferreccio Altube. Haga el intento de “negociar” con Él. Y verá cuál es el valor de su tozudez para luchar por bienes difusos comparables al aire que respiramos; para las aguas: las energías del sol.

Por eso le sugiero que mire por estos temas de ecología de ecosistemas por http://www.delriolujan.com.ar o http://www.alestuariodelplata.com.ar y sus correlatos judiciales por http://www.hidroensc.com.ar

En este último sitio encontrará la causa I 71908 en SCJPBA, justamente referida a San Rafael, Santa Catalina y San Gabriel. Esta causa está esperando el traslado del Recurso Extraordinario Federal a la CSJN.

En esa web tiene Ud todos los pasos y explicaciones generadas, que tal vez le permitan sospechar por qué motivos la municipalidad no tiene ninguna prisa en meterse en el horno que el juez Servín dejó encendido, aunque haya creído que quedó apagado.

No se si Ud sabe que estas faltas contra los ecosistemas y los ambientes no prescriben. Para qué entonces apurarse a cocinarse vivo como si el amable Sr Massa no tuviera ya suficientes problemas de gestión e intelección con estos temas que imagino le interesan más que a nadie, para no reiterar horrores.

Es comprensible que a Uds sí les interese salir de donde se han metido con este fideicomiso; donde hoy coparticipan de todas las irresponsabilidades de los de EIDICO. Pero no imagine Sr vecino que el municipio tiene esas urgencias.

¿Cómo fue que Uds firmaron esos compromisos fiduciarios sin tener aprobada la Convalidación Técnica Final o factibilidad del proyecto? Descubren ligereza y no poca ingenuidad al confesar que están esperando la aprobación de la Pre-factibilidad. Aprobar esa Pre-factibilidad sería avanzar en los ilícitos que ya están bien a la vista de la carta documento inmediata anterior. Mejor dejar las cosas como están, esperando que los frutos maduren.

Ya es hora que la mentada garantía marketinera de EIDICO vaya a pasear al abismo de donde salieron esos proyectos, que no gozan de bendición de agua, ni de cielo, aunque sus bolsillos estén llenos de papel.

Francisco Javier de Amorrortu, 14 de Octubre del 2013